29/10 Los Andes "A un mes de irse, Pérez obliga a publicar declaración de bienes"

Justo sobre el fin de la gestión de Francisco Pérez se firma el decreto 1.789 de 2015, que salió publicado ayer en el Boletín Oficial. La norma instituye la obligatoriedad de hacer públicas las declaraciones juradas de bienes de los funcionarios del Poder Ejecutivo y de organismos autárquicos y descentralizados al inicio y a la finalización de sus gestiones. Estas declaraciones podrán ser consultadas por todos los interesados en una página web.

El decreto fue firmado el 19 de octubre pasado y entrará en vigencia en siete días. Teniendo en cuenta que el plazo establecido para presentar la declaración jurada a la Fiscalía de Estado es de 30 días, los funcionarios del actual gobierno provincial estarán presentando su informe patrimonial al momento de irse, por lo que no podrá conocerse su evolución patrimonial durante su gestión.

De todos modos, el fiscal de Estado, Fernando Simón, explicó que el incumplimiento por parte de los funcionarios que terminan sus gestiones podría implicar obstáculos para volver en algún momento a ocupar algún cargo público.

Podría acusarse al gobernador Pérez por la firma de este decreto en el mes de octubre, sobre todo cuando los memoriosos apuntan que el mandatario prometió la firma de una norma de este tipo en el discurso del 1° de mayo pasado.

En realidad, el decreto fue la conclusión de un expediente administrativo iniciado por nota del propio fiscal de Estado Simón, quien a poco de asumir impulsó la firma de este decreto. “Presentamos la nota el 23 de abril y al Gobernador le gustó la idea”, recordó Simón.

La presentación de declaraciones juradas patrimoniales es un viejo reclamo que no se concreta en Mendoza. En el artículo 36 de la Constitución del año ‘94 se incluyó la obligación de que el Congreso Nacional sancionara una ley de ética pública, algo que hizo en setiembre de 1999, tres meses antes del fin del mandato de Carlos Menem.

Esa ley fue la que creó la Oficina Anticorrupción de la Nación y por la que se conocen los bienes que declaran los funcionarios con cargos nacionales, incluidos los diputados y senadores nacionales por Mendoza.

Desde el 99´, en la Legislatura provincial hubo intentos aislados de sancionar una ley homóloga o una adhesión al régimen nacional, pero los legisladores provinciales nunca tuvieron la voluntad política de aprobarla. La corporación política se abroqueló en el silencio.

El 1° de mayo de 2013, el gobernador Pérez, en su discurso de apertura de sesiones ordinarias de la Legislatura, prometió un proyecto de ley del Ejecutivo sobre este tema. Lo mandó algunos meses después, pero ese texto quedó olvidado junto a otros que duermen el sueño de los justos en la Legislatura. Incluso, hubo un trabajo del propio fiscal de Estado Simón en la época que fue senador provincial.

Nadie quiere quedar en evidencia. El régimen nacional obliga a los funcionarios a presentar todos los años su declaración jurada patrimonial; de esa manera es posible seguir el crecimiento patrimonial de cada uno. Y esas declaraciones son públicas y pueden consultarse en la web de la Oficina Anticorrupción.

A partir de la entrada en vigencia del decreto 1.789, deberán presentar su lista oficial de bienes  el gobernador, vice, ministros, secretarios y subsecretarios, directores generales y directores, escribano general de gobierno, asesor de gobierno, fiscal de Estado, jefes de gabinete y asesores.

También el contador general y el tesorero general, así como los contadores, tesoreros y habilitados de todas las jurisdicciones o unidades organizativas o la autoridad que sea responsable ante el Tribunal de Cuentas. La medida alcanza también al jefe y subjefe de la Policía, así como al prefecto general y prefecto del Servicio Penitenciario.

Además, deberán presentar su declaración jurada todo personal que intervenga en el manejo de fondos públicos, administre patrimonio público, integre comisiones de adjudicación y recepción de bienes, participen en licitaciones y concursos y jefes de personal o recursos humanos dentro del ámbito del Poder Ejecutivo, así como todos los empleados de mayor jerarquía.

Fiscalía de Estado ha elaborado un formulario análogo al que se presenta ante AFIP por bienes personales y ganancias. Es más, para facilitar la elaboración de la presentación, los funcionarios podrán presentar copia certificada de sus declaraciones por esos impuestos ante el órgano de recaudación federal.

El incumplimiento de la presentación tiene dos sanciones; para el caso de los empleados públicos de carrera, se iniciará sumario administrativo y en caso de cargos políticos, Fiscalía de Estado pedirá la remoción de quien no haga su presentación en los 30 desde su llegada a la función pública.

 

Por Daniel Peralta