La Justicia condenó a los responsables del incendio en el ECA

El incendio ocurrido en enero de 2017 en la cúpula del Espacio Contemporáneo de Arte (ECA) provocó severos daños patrimoniales sobre la Provincia de Mendoza, pero también sobre un grupo de artistas que exponían sus obras. Por este motivo Fiscalía de Estado recurrió a la Justicia en busca de un resarcimiento por parte de la empresa pero también de los funcionarios a cargo de la ejecución de esas obras. La titular del Tribunal de Gestión Asociada Primero, María Paz Gallardo, admitió la demanda planteada contra DELA S.A, propiedad de los empresarios Alejandro Balegno y Laura Torrisi. Además recayó sobre la responsabilidad de los funcionarios Diego Gareca, María Laura Tinte, Judith De Liberato y Margarita Videla, quienes, de forma conjunta con los empresarios, fueron condenados al pago de poco más de 26 millones de pesos.
Recordemos que los informes de bomberos y personal especializado detectaron que la causa del incendio fue la sobre exposición de una fuente de calor en el techo de la cúpula. La membrana que se colocó era textil y con material químico a derretir bajo una temperatura de 42 grados. Cuando lo que requerían los pliegos era membrana líquida, sin temperatura.
Profesionales de Fiscalía de Estado trabajaron durante cuatro años en la defensa del patrimonio oficial y detectaron maniobras de descapitalización por parte de DELA S.A. en diferentes sociedades, además de un abuso de figuras jurídicas para triangular la titularidad de bienes y así perjudicar a eventuales y diferentes acreedores, entre ellos la provincia de Mendoza.
Entre las irregularidades detectadas en relación al obrar desleal por parte de la firma, y que indicarían más indicios de su responsabilidad, se detectó que los trabajadores que ejecutaron las obras en el ECA al momento del incendio no estaban registrados, incluso no estaba contratado personal de dirección técnica en higiene y seguridad, y las pólizas correspondientes a ART tampoco fueron acreditadas.
También se comprobó que los libros societarios no fueron presentados correctamente en la Dirección de Personas Jurídicas.
Fue este motivo que se peticionó varios embargos preventivos sobre diferentes rodados, fondos en cajas de ahorro y plazos fijos, a fin de resguardar el patrimonio de eventuales deudores.
El Fiscal de Estado, Fernando Simón, celebró el fallo teniendo en cuenta que su objetivo era el recupero de los fondos invertidos por la provincia para restaurar ese espacio cultural.
En su fallo, la jueza consideró que el daño sufrido por el patrimonio de la Provincia se debió a una multiplicidad de acciones y omisiones negligentes “tanto de la Empresa contratista, sus Directores y operarios, como de los funcionarios intervinientes que incurrieron en un irregular cumplimiento de las obligaciones legales que les están impuestas a cada uno según sus cargos”.
Haciéndose eco de la consideración de uno de los peritos consideró que “Todo lo ocurrido se pudo evitar y debió haberse evitado. Efectivamente, las condiciones de riesgo fueron creadas por la concurrencia de falencias de procedimientos técnicos y administrativos, con el aporte de acciones y omisiones en todas y cada una de las etapas de la obra de impermeabilización de la cúpula del E.C.A., desde el proyecto a la construcción”.

Responsabilidad de Funcionarios
La Justicia consideró que Diego Gareca, Secretario de Cultura en aquel momento, era “responsable política, administrativa y patrimonialmente por todos los actos y hechos que autorice o ejecute mientras se desempeñe en su cargo”. Esto al igual que cualquier ministro, aclaró la magistrada.
También recaerá condena sobre Judith De Liberato, en su calidad de Directora de Administración de la Secretaria de Cultura, entendiendo que incurrió en un irregular ejercicio de sus funciones, siendo la responsable del Área y quien debía controlar el tramite y cumplimiento de la licitación, desde la confección de los pliegos licitatorios hasta el cumplimiento de todas las formalidades allí exigidas.
Margarita Videla, en su calidad de Subdirectora de Compras y Contrataciones de la Secretaria de Cultura, debió examinar la calidad, antecedentes y condiciones generales de la propuesta, previo al Acta de Preadjudicación.
María Laura Tinte, quien era la Coordinadora del Espacio Contemporáneo del Arte a la fecha del siniestro, quien debía cumplir la totalidad de los requisitos técnicos mínimos enunciados en el pliego, pudiendo declarar fracasada la licitación, si resultaban inadmisibles las ofertas o rechazarlas por considerar inconvenientes económicamente las mismas, sin que esto diera derecho a reclamo alguno, por parte de los Oferentes.